Se retrotrae en 25 de Mayo el adelantamiento de la flexibilización

La decisión de las autoridades locales y del Comité de Crisis de la localidad de ampliación y adelantamiento obedeció a  “un error de interpretación” de las normas dispuestas por el Decreto Provincial N° 1089 de fecha 28 de mayo de 2020.

El intendente Abel Abeldaño le confirmó al ministro de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, Daniel Bensusán, que rectificará las medidas para dar cumplimiento a las normas determinadas por el Gobierno provincial y aprobadas por el Gobierno nacional.
La  localidad de 25 de Mayo deberá aplicar los horarios dispuestos en el artículo 5 del Decreto, donde se establece que el comercio podrá “abrir sus puertas para la atención al público únicamente de lunes a viernes en el horario de 10:00 a 18:00 y los días sábados de 08:00 a 18:00”.
Justamente el artículo 15 del mismo Decreto faculta a los municipios de La Adela y Colonia 25 de Mayo a  “restringir, acotar o limitar las excepciones dispuestas”, pero en ningún momento los habilita a ampliar la franja horaria de atención, ni adelantar su vigencia.
Vigencia de la flexibilización
Tal como consigna el Decreto, la flexibilización en la atención al público, que comprende las actividades y/o servicios referidas a casas de comidas, food trucks,  restaurantes, bares, cervecerías, cafeterías, heladerías confiterías y todo otro local comercial destinado a la producción y venta o sólo venta de alimentos y/o bebidas regirá a partir del viernes 5 de junio, en tanto que los gimnasios podrán abrir sus puertas a partir del lunes 8 junio.

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